La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena contra una compañía argentina por uso ilícito de software protegido por derechos de autor.
El fallo obliga a:
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Pagar USD 29.059,12 (o equivalente en pesos al tipo de cambio MEP) más intereses y costas.
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Desinstalar todos los programas ilegales de su infraestructura informática.
La sentencia fue dictada en el marco del expediente tramitado en el Juzgado Civil N° 40 de la Ciudad de Buenos Aires, bajo la magistrada Analía Romero, y confirmada por la Sala M (jueces Guillermo Dante González Zurro y María Isabel Benavente).
🔍 Hechos comprobados
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La empresa, con más de 50 años en el sector de envases plásticos, usaba software para producción, logística, control de stock y ventas sin haber comprado licencias.
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Peritaje informático reveló que los números de licencia eran copiados de otro licenciatario.
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No existía ningún contrato de compra o licencia que respaldara su uso.
📌 Puntos clave del fallo
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Prescripción: el plazo comenzó cuando el titular tuvo certeza de la infracción (constatación del 29/10/2021), no cuando surgió la sospecha.
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Indemnización: se calculó sobre el valor de las licencias que debieron adquirirse, no sobre el lucro cesante del titular.
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Daño a la imagen: rechazado por falta de pruebas; no se presume automáticamente.
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Daño punitivo: descartado por no encuadrar en un caso de gravedad extrema.
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Obligación de desinstalar: pagar la indemnización no equivale a adquirir la licencia.
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Intereses: tasa anual del 8% en dólares, mantenida por la Cámara.
📚 Lecciones para empresas
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El uso de software sin licencia es un delito civil y puede derivar en sanciones económicas importantes en moneda dura.
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Indemnizar no regulariza la situación: siempre será obligatoria la desinstalación.
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Controles internos y auditorías de licencias son esenciales para evitar litigios y daños reputacionales.
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El análisis económico del fallo deja claro que la multa debe ser suficientemente disuasoria para evitar que las empresas prefieran “arriesgarse a no pagar”.
🛡 Recomendaciones de Ciberseguridad Digital
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Implementar un programa de gestión de activos de software (SAM – Software Asset Management).
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Auditar periódicamente licencias y contratos.
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Capacitar a los departamentos de IT y compras sobre riesgos legales del software pirata.
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Establecer políticas corporativas de adquisición segura y legal de software.
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Monitorear el uso de software en todos los dispositivos de la organización.
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